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SANTO DOMINGO. La Suprema Corte de Justicia fue apoderada de un recurso de inconstitucionalidad en contra de una resolución de la Secretaría de Medio Ambiente que dispone el cobro de una tarifa de RD$4 para la extracción de cada metro de arena, grava, gravilla o de cualquier roca de la corteza terrestre.
Además, establece como procedimiento emitir una carta de no objeción para la exportación de agregados, en donde se consigna el pago de US$2.00. por metro cúbico.
En una instancia elevada por el abogado Miguel Álvarez Hazim, en nombre de Julio Augusto Ramírez y Marinelys Pérez Santana, se argumenta que mediante la resolución No. 05/2004 de fecha 28 de abril del 2004, la cartera aprobó un reglamento interno de la comisión de concesiones, el cual forma parte integral de la disposición.
Alegan que esas disposiciones no cuentan con la aprobación del Congreso. La misma dispone un pago mediante cheque certificado, a nombre de Medio Ambiente, la suma de RD$15,000.00, por concepto de emisión de carta de no objeción y para cubrir los gastos de supervisión.
Asimismo, que el exportador deberá pagar al Gobierno una Tarifa Ambiental de Exportación de US$2.00 por cada metro cúbico exportado.
Fuente: Diario Libre
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